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ORDENANZA Nº 4.910

Expediente HCD. Nº 7.568-D-2023.

VISTO

El Expediente Nº 0201 del año 2023, iniciado por la Directora de Obras e Infraestructura María Belén Lucarelli; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra “Realización de Pavimento” en distintos sectores de nuestra ciudad, autorizado por Decreto Nº 0167/23;

Que constan en el Expediente de referencia los ejemplares gráficos que comprueban la publicación de dicho Registro;

Que a fs. 25 el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Arq. Diego Pelegrinelli informa que, una vez cumplido el plazo establecido, no se registraron firmas opositoras por parte de los vecinos afectados de la citada obra;

Que el costo del metro cuadrado de pavimento en las cuadras objeto del presente es de $6.485,13, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra;

Que atento lo expuesto, es necesario declarar de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados por la obra en cuestión;

Por ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados por la obra de “Realización de Pavimento” en las siguientes calles:

– Calle 2 entre 43 y 44

– Calle 2 entre 44 y 45

– Calle 2 entre 45 y 46

– Calle 5 entre 57 y 58

– Calle 19 entre 51 y 52

– Calle 24 entre 51 y 52

– Calle 41 entre 8 y 9

– Calle 41 entre 9 y 10

– Calle 41 entre 10 y 11

– Calle 42 entre 8 y 9

– Calle 42 entre 9 y 10

– Calle 44 entre 1 y 2

– Calle 45 entre 1 y 2

– Calle 45 entre 2 y 3

– Calle 45 entre 3 y 4

– Calle 51 entre 17 y 18

– Calle 51 entre 18 y 19

– Calle 51 entre 19 y 20

– Calle 51 entre 20 y 21

– Calle 51 entre 21 y 22

– Calle 51 entre 22 y 23

– Calle 51 entre 23 y 24

– Calle 58 entre 11 y 12

– Calle 59 entre 11 y 12

– Calle 57 bis entre 11 y 12

– Calle 58 Bis entre 11 y 12

– Calle 59 Bis entre 11 y 12

– Calle 54 entre 29 y 30

ARTICULO 2°: El pago de la obra estará a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueños, y podrá efectuarse al contado o en el plazo fijado según el artículo 56º de la Ordenanza Fiscal 4.864/22, siendo el costo del metro cuadrado de pavimento en las cuadras objeto del presente de $6.485,13, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL N° 4.910

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 3 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 2023.-

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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