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ORDENANZA Nº 4.928

Expediente HCD. Nº 7.586-D-2023.

VISTO

El Expediente N° 1.746/20 del Departamento Ejecutivo de Coronel Pringles, por el cual tramita la adhesión a la nueva reprogramación de las deudas contraídas con el estado provincial en el marco del fondo especial de emergencia sanitaria para la contención fiscal municipal Decreto Pncial N° 264/20, ratificado por la ley N°15.174, y el Art. 47 de la Ley N° 15.394 (presupuesto provincial para el ejercicio fiscal 2023) y la resolución N° 780/23 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la provincia de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO

Que a raíz de la enfermedad por el nuevo coronavirus (Covid-19), se declaró el Estado de Emergencia Sanitaria en la Provincia por el término de ciento ochenta (180) días a partir del dictado del Decreto Provincial Nº 132/2020, ratificado por Ley N° 15.174, prorrogado inicialmente por el Decreto Nº 771/20 y luego por los Decretos N° 106/21, Nº 733/21 y N° 780/23 por ciento ochenta (180) días más desde su vencimiento, invitándose a los poderes Legislativo y Judicial provinciales, así como también a los Municipios, a acompañar los términos de la mencionada norma;

Que en este contexto, la Provincia de Buenos Aires por intermedio del Decreto N° 264/20, creó el “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” con el objetivo de otorgar recursos a los municipios, a los fines de que éstos puedan sobrellevar la situación de emergencia mencionada y menguar el impacto financiero que ésta les provoca;

Que el Fondo aludido se constituyó para contribuir, desde el Gobierno Provincial, con el pago de sueldos de los empleados municipales, el cual fue una herramienta que ha posibilitado a nuestros funcionarios continuar con su gestión sin sobresaltos, como así también atender los gastos demandados para la contención de la pandemia por COVID-19;

Que la Ley N° 15.394 – en su artículo 47 – faculta nuevamente al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a reprogramar las condiciones financieras de reembolso de los recursos del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”, previa solicitud del Intendente Municipal;

Que según lo prescripto por el artículo 193º de la Constitución Provincial, se determina el rol que debe cumplir el Honorable Concejo Deliberante en Asamblea de Mayores Contribuyentes;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, REUNIDO EN ASAMBLEA DE CONCEJALES y MAYORES CONTRIBUYENTES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°:Ratifíquese el Decreto Municipal N° 1.283/23 concerniente a la reprogramación de las deudas generadas en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”, creado por el Decreto Nº 264/20 (ratificado por la Ley Nº 15.174), complementado por el artículo 56 de la Ley N° 15.310 y la Resolución N° 55/22 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, por la suma de Pesos diecinueve millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ($ 19.446.000,00).

ARTÍCULO 2°: La reprogramación autorizada en el artículo precedente será hasta el 01 de diciembre de 2023 en las mismas condiciones acordadas.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.928

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 19 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2023.

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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