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RESOLUCIÓN Nº 2.651

Expediente HCD. N° 4.450-B-10.-

VISTO

El lamentable estado de deterioro y abandono en que se encuentran la gran mayoría de las calles de tierra del ejido urbano; y

CONSIDERANDO

Que se presupuestó para el presente Ejercicio 2010 una importante suma de dinero para la reparación y mantenimiento de las mismas;

Que el Municipio cuenta con maquinaria apropiada para dicha tarea y cuando ésta ha sobrepasado la capacidad operativa de la comuna la misma contrató máquinas privadas para su cometido;

Que en muchas calles, por no decir casi todas, no se han realizado tareas en los meses transcurridos durante el presente año y muchas se hallan postergadas desde el año pasado;

Que en las calles de tierra no existen veredas y el tránsito peatonal debe necesariamente realizarse por la calzada, dificultando el desplazamiento de vehículos y peatones, históricamente postergados, y que el mismo se agrava con las precipitaciones;

Que se argumentó que la falta de humedad en el perfil de suelo imposibilitaba la tarea y recién se ha comenzado hace pocos días con alguna labor, de mala calidad en general, y que con el transcurrir del tiempo se sigue perdiendo humedad cuestión poco auspiciosa pues los pronósticos anuncian sequía, siendo no recomendable seguir en la espera de mejores condiciones;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTICULO 1°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que a la brevedad arbitre los medios necesarios para proceder a la reparación y mantenimiento de todas las calles de tierra del ejido urbano de la ciudad de Coronel Pringles.-

ARTICULO 2°: Para cumplir con el cometido enunciado en el Artículo 1° se le solicita que utilice la maquinaria municipal disponible y si la misma no permite una

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rápida y efectiva respuesta, proceda a contratar a terceros para cumplir con la solicitud.-

ARTICULO 3°: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla-

REGISTRADA BAJO EL N° 2.651.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2010.-

 

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