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RESOLUCION Nº 3.408

Expediente HCD. Nº 6.840-I-20

BANCO MUNICIPAL DE SEMILLAS

VISTO

La necesidad de disponer en forma permanente de un stock de semillas hortícolas que atienda la creciente demanda de este insumo por parte de vecinos que llevan adelante huertas familiares; y

CONSIDERANDO

Que la autoproducción de alimentos es una actividad que el Estado debe promocionar y facilitar ya que permite que muchas familias que actualmente se encuentran en situación de vulnerabilidad accedan a alimentos seguros y nutritivos para cubrir sus necesidades nutricionales;

Que las verduras y hortalizas son componentes comunes en la dieta de nuestros vecinos y existen algunas especies cuyo cultivo es muy sencillo pudiéndose realizar en forma intensiva en espacios de terreno reducidos;

Que este HCD entiende la importancia de la autoproducción de alimentos y, en tal sentido, aprobó la Resolución Nº 3.386 cuyo objeto era la puesta en marcha del Programa Avícola Familiar;

Que si bien la producción de verduras y hortalizas en huertas familiares es una actividad que había disminuido, hoy vemos un resurgimiento de estos emprendimientos y encontramos familias que retomaron esta práctica que es promocionada en varias instituciones educativas;

Que el INTA, a través del ProHuerta, atiende una porción de la demanda de semillas, pero en ocasiones quedan vecinos que no logran acceder a las mismas;

Que para un correcto desarrollo de los cultivos se debe respetar el calendario de siembra, lo que requiere que las semillas sean puestas a disposición de las familias en tiempo y forma;

Que el Municipio tiene la infraestructura adecuada y demostrada experticia en el cultivo de especies hortícolas, pudiéndose destinar estos recursos para la producción de semillas;

Que el trabajo articulado que lleva el Municipio con instituciones educativas, merenderos, cultos religiosos y demás ONG´s con presencia territorial, conforma una red que puede ser utilizada para realizar una distribución eficiente de semillas;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo la puesta en marcha del Banco Municipal de Semillas, mediante el cual el Municipio, a través del área que disponga, cultivará las especies hortícolas de mayor relevancia en nuestra zona a fin de producir semillas para poner a disposición de los vecinos que desarrollen huertas familiares.

ARTÍCULO 2º: Encomendar al Departamento Ejecutivo que articule con instituciones y organizaciones con marcada presencia territorial a fin de facilitar el acceso de los vecinos de Coronel Pringles e Indio Rico a las semillas hortícolas que se dispongan.

ARTÍCULO 3º: Recomendar al Departamento Ejecutivo que hasta tanto no se obtengan semillas de cultivos propios, gestione la compra de material genético a fin de cubrir la actual demanda de semillas hortícolas.

ARTÍCULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.408

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 05 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2020.-

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