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RESOLUCIÓN Nº 3.593

Expediente HCD. Nº 7.509-I-2023.-

VISTO

El expediente 7509-I-2023 solicitando la construcción de un espacio de guardado de herramientas y maquinarias en la delegación de la localidad de Indio Rico y;

CONSIDERANDO

Que la delegación de Indio Rico carece actualmente de un espacio físico destinado al resguardo y protección de los vehículos y herramientas utilizados por los empleados municipales en el desempeño de sus labores cotidianas;

Que la falta de instalaciones adecuadas expone los bienes de trabajo del municipio a condiciones climáticas adversas, riesgo de robos y daños accidentales, lo cual puede afectar negativamente la eficiencia de los empleados y generar costos adicionales para su reparación o reemplazo;

Que la construcción de un galpón o espacio destinado al resguardo de vehículos y herramientas brindaría a los empleados municipales un lugar seguro donde almacenar y proteger los activos del municipio, contribuyendo así a garantizar la continuidad y calidad de los servicios públicos ofrecidos a la comunidad;

Que la conservación adecuada de los vehículos y herramientas utilizados por los empleados municipales prolongaría su vida útil, lo que resultaría en un ahorro económico a largo plazo para el municipio y, en última instancia, para la comunidad en general.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Ejecutivo Municipal de Coronel Pringles arbitre los medios necesarios para la construcción de un galpón o espacio adecuado en la delegación de Indio Rico, destinado exclusivamente al resguardo y protección de los vehículos y herramientas utilizados por los empleados municipales en el desempeño de sus labores cotidianas.

ARTÍCULO 2º: El galpón o espacio mencionado en el artículo anterior deberá contar con las siguientes características:

a) Suficiente capacidad para albergar la totalidad de los vehículos y herramientas utilizados por los empleados municipales.

b) Medidas de seguridad adecuadas para prevenir robos, daños accidentales y proteger los bienes de trabajo del municipio.

c) Condiciones climáticas controladas que eviten la exposición a elementos perjudiciales.

d) Acceso restringido a personal autorizado.

ARTÍCULO 3º: Asignar los recursos económicos necesarios para la construcción del galpón o espacio mencionado en el artículo 1, dentro del presupuesto municipal correspondiente.

ARTÍCULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.593

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2023.-

MARTÍN GIGON LUIS GONZALEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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