Expediente HCD. Nº 7.605-C-2023
VISTO
La necesidad de contar con rampas de acceso para personas con movilidad reducida en todos los edificios públicos de Coronel Pringles; y
CONSIDERANDO
Que la disponibilidad de acceso a personas con movilidad reducida a edificios públicos está prevista en la Ley Nac. 24.314;
Que el Plan de Ordenamiento Territorial y Urbano de la Municipalidad de Coronel Pringles también norma la disposición de rampas en concordancia con la ley mencionada;
Que la Ordenanza Nº 3.517 establece que el Municipio deberá estimular la adecuación a las normas que regulan la accesibilidad en aquellas edificaciones existentes que no la cumplan;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal de Coronel Pringles que en cumplimiento a la Ordenanza Nº 3.517 asegure la correcta instalación de rampas de acceso en edificios públicos municipales como así también de organismos nacionales y provinciales, acorde a lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial y Urbano de la Municipalidad de Coronel Pringles.
ARTÍCULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.599
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 05 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2023.-
MARTÍN GIGON LUIS GONZALEZ ESTEVARENA
SECRETARIO PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles